Trámite a seguir para la solicitud de Reconocimiento de Créditos para alumnos con estudios extranjeros:
- Documentos que tienes que enviar por correo electrónico a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Solicitud de reconocimiento de créditos para alumnos con estudios extranjeros rellena y firmada.
- Documento de identificación en vigor (DNI, NIE, pasaporte, permiso de residencia).
- Certificación académica oficial de los estudios realizados, en la que consten las calificaciones obtenidas en las asignaturas impartidas, con su correspondiente nota media aprobatoria.
- Programa de las asignaturas aprobadas, en el que conste el contenido y la carga lectiva. Deberá estar sellado y diligenciado por el centro donde se impartió en todas y cada una de sus hojas, detallando los cursos académicos en los que estuvo vigente.
- Plan de estudios sellado.
- Estos documentos deberán ajustarse a los requisitos siguientes: ∗ Serán oficiales, expedidos por las autoridades competentes y legalizados por vía diplomática. ∗ Para legalización de documentos por vía diplomática, deberán ser presentados en todos y cada uno de los siguientes organismos, por el orden que se cita: - El Ministerio de Educación del país de origen. - El Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos. - La representación diplomática o consular de España en dicho país. - La Sección de Legalizaciones del Ministerio español de Asuntos Exteriores y de Cooperación (C/ Juan de Mena, 4. 28014 Madrid). Para la legalización de los documentos procedentes de los países acogidos al “Convenio de La Haya”, los requisitos citados con anterioridad para una legalización por vía diplomática, serán sustituidos por la correspondiente apostilla. Este trámite lo efectúa la autoridad competente del Estado de donde procedan los documentos.
- Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al castellano, que podrá hacerse: - Por cualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero. - Por la representación diplomática o consular en España del país del que es súbdito el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento. - Por traductor jurado, debidamente autorizado e inscrito en España. - Por la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio español de Asuntos Exteriores.
- Si eres familia numerosa, copia del carné.
- Reconocimiento de nivel B2 de español para estudiantes procedentes de países no hispanohablantes.
- Una vez recibida la documentación, te enviamos por email carta de pago para que abones las tasas en cualquiera de los bancos autorizados que aparecen en la misma.
2.1. Envía copia de la carta de pago sellada por el banco, del ticket del cajero o del pago a través de banca electrónica.
- Una vez recibida la constancia del pago, procederemos a la tramitación de tu solicitud.
Para más información
https://www.upm.es/FuturosEstudiantes/Ingresar/AccesoAdmision/AExtranjeros